Sentencia 3 Una solicitud para la revisión del contrato colectivo de trabajo de carácter económico. La magistrada que presidió la audiencia inicial. «Expuso que en virtud del principio dispositivo que rige el proceso contencioso administrativo de escucharia la propuesta, la opinión técnica de la representación fiscal y posteriormente este tribunal verificaria la homologación del posible acuerdo de conciliación.» La capacidad procesal del TSC de íntegra conforme a la ley secundaria su confirmación, representación y atribuciones concretas, esto es, la LSC en el artículo 9. El tribunal denegó entender dichas certificaciones en razón de no contar con la opinión favorable del Ministerio de Hacienda no la aprobación del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial. Ante dicha negativa, los sindicatos antes relacionados promovieron acción contencioso administrativa contra el TSC e impugnación de diversas resoluciones, entre ellas la que denegó la entrega de las certificaciones del laudo arbitral.
d19b1legac3b1lidad-5Descarga d2364legalidad-4Descarga d3253-legalidad-2Descargasentencia-legalidad-1Descarga